«Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario
del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la adopción de
disposiciones transitorias en materia de concesiones de agua para la prestación
del servicio público esencial de acueducto, y se toman otras determinaciones en
el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno nacional a causa
de la Pandemia COVID-19″
Ley 1977 2019 modifica ley 1176
«POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA LEY 1176 DE 2007 EN LO QUE RESPECTA AL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO»
Sistema General de Participaciones
Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022
Plan nacional de desarrollo 2018-2022
De acuerdo con el Artículo 13 del Plan Nacional, únicamente requieren permiso de vertimientos aquellos usuarios que descargan sus aguas residuales en las aguas superficiales, marinas o en el suelo. De ese modo, aun cuando los usuarios conectados a la red pública de alcantarillado deben seguir cumpliendo con los parámetros y valores máximos permisibles que le son exigibles de acuerdo con su actividad, estos no estarán sometidos a la obligación de obtener un permiso de vertimientos al alcantarillado.
Resolución 1257 de 2018 Programa de uso eficiente del agua
«Por la cual se desarrollan los parágrafos 1 y 2 del artículo 22.32.1.1.3. del
Decreto 1090 de 2018, mediante el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015»
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Establecer la estructura y contenido
del Programa para el Uso Eficiente y Ahorro de Agua y del Programa para el Uso
Eficiente y Ahorro de Agua simplificado.
Lo dispuesto en la presente resolución aplica a las Autoridades Ambientales y a los
proyectos, obras o actividades que obtengan una concesión de aguas o la licencia
ambiental que lleve implícita la concesión de aguas exigida por la normatividad
vigente.
Decreto 1090 de 2018 Eficiencia del agua en concesiones.
«Por el cual se adiciona el decreto 1076 de 2015, Decreto Única Reglamento del sector ambiente y desarrollo sostenible, en lo relacionado con el Programa para el uso eficiente y ahorro de agua y se dictan otras disposiciones.»
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Resolución 883 de 2018 Vertimientos al mar.
«Por la cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles
en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas marinas, y se dictan otras disposiciones»
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Resolución 509 de 2018 Inversiones control del medio ambiente.
Por la cual se establecen la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la acreditación o certificación de las inversiones de control del medio ambiente y conservación y mejoramiento del medio ambiente y se dictan otras disposiciones.
Articulo 3.7.1.2
La prevención y/o reducción en la generación de residuos líquidos,
emisiones atmosféricas o residuos sólidos y/o mejoramiento de la calidad de
los mismos, lo que equivale a reducir cargas contaminantes de procesos
productivos.
Artículo 3.7.1.3
La obtención, verificación procesamiento, vigilancia y seguimiento o monitoreo del estado de la calidad, compartimento y uso de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, variables o parámetros ambientales, vertimientos y residuos y/o emisiones.
(subrayado y negrillas del blog)
Decreto 050 de 2018 Ordenamiento recurso hídrico y vertimientos
«Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible en relación con
los Consejos Ambientales Regionales de la Macrocuencas (CARMAC), el
Ordenamiento del Recurso Hídrico y Vertimientos y se dictan otras
disposiciones»
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Ley 1801 del 2016 Código Nacional de Policía
Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia.
Artículo 100. Comportamientos contrarios a la preservación del agua. Los siguientes comportamientos son contrarios a la preservación del agua y por lo tanto no deben efectuarse: 1. Utilizarla en actividades diferentes a la respectiva autorización ambiental.
2. Arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua.
3. Deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental en cualquier forma. 4. Captar agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental. (Ver cuadro de multas Parágrafo 1°.)
Resolución 631 de 2015 – Vertimiento de aguas
«Por el cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillad público y se dictan otras disposiciones.
MODIFICADA POR
«Por la cual se modifica el artículo 21 de la resolución 631 de 2015».
Amplia el plazo al 1 de mayo de 2016 para los que iniciaron el trámite con la anterior resolución y no se había resuelto de fondo.
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